Los reportes negativos a las centrales de riesgo se ejecutan por incurrir en mora frente al pago de alguna obligación contraída con entidades financieras, telefonía celular, entre otras. Sin embargo debe tener en cuenta que para que una central de riesgo realice un reporte negativo, esta debe cumplir varias etapas previas, ya que se trata de una situación que se deba realizar de manera inmediata o automática cuando usted incumple con alguna obligación dineraria que tenga con alguna entidad.

Para efectos de lo anterior, es decir para que una central de riesgo realice un reporte negativo en su contra,  el titular de la obligación debe haber autorizado por escrito al banco, aseguradora, entidad crediticia, empresa de telefonía, etc., para el manejo de su información personal y por ende para realizar el reporte negativo a la central de riesgo en caso que se encuentre en mora por alguna deuda contraida.

En ese mismo sentido, la obligación de la entidad con la que se incurrió en mora es que le notifiquen por escrito (correo electrónico o dirección física) al deudor moroso para que en un plazo de 20 días calendario pague su obligación de manera voluntaria o se oponga a esa situación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1266 de 2008.

Si luego de pasados esos 20 días el titular de la información o el deudor no paga o manifiesta su desacuerdo con esta notificación, inmediatamente se podrá hacer el reporte negativo a las centrales de riesgo.

Si usted es uno de los afectados por el reporte negativo a las centrales de riesgo, es necesario que revise si la entidad que le hizo el reporte cumplió adecuadamente con el proceso de notificación del mismo y, si usted efectivamente firmó la autorización para ello.

Así las cosas, lo más fácil siempre será pagar a tiempo, o en caso contrario, llegar a un acuerdo de pago para darle fin al reporte negativo.

La ley de Habeas Data señala que el tiempo máximo de permanencia de los reportes negativos en las centrales de riesgo será de cuatro años con una mora superior a dos años, luego de que se haga el pago de la obligación o que se extinga la misma. Finalizado este tiempo, el reporte negativo se tendrá que eliminar automáticamente

Mientras que si la mora es inferior a dos años o 24 meses el reporte negativo durará el doble del tiempo de la mora, por ejemplo, si la deuda lleva 6 meses sin solventarse, durará cómo máximo un año a partir del pago de la obligación o que se extinga la misma.

¿Cómo funciona el reporte en las centrales de riesgo con la nueva ley de amnistía?

  1. Si una persona, titular de la informacióntiene una mora igual o mayor a 6 meses y paga la obligación antes o durante los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley, el dato negativo permanecerá en la historia de crédito por 6 meses, contados desde el pago de la deuda.
  2. Si un titular de la información tiene una mora inferior a 6 meses y paga antes o durante la entrada de vigencia de la Ley, el dato negativo permanecerá el mismo tiempo de mora en su historia de crédito, contado desde el pago reportado por la entidad en la Central de Riesgo.
  3. Si la persona está al día con la deuda y cumplió seis meses de reporte negativo, la caducidad del reporte es inmediata.
  4. Los que tienen deudas con el Icetex, los de micro, pequeña y mediana empresa, víctimas de conflicto, reportados por turismo, trabajadores independientes y agricultores tendrán un plazo de un año, el tiempo de la amnistía para pagar su obligación y automáticamente se les eliminará del sistema el reporte negativo. Si están al día y hoy se encuentran reportados, se les borró el dato negativo con la entrada en vigencia de la ley.

¿Cómo beneficia la ley de amnistía a deudores morosos víctimas de suplantación?

Si usted no ha pagado una deuda debido a que su cédula fue usada por un delincuente que sacó una línea de celular a su nombre, no pagó y usted quedó reportado, solamente necesitará la denuncia ante la Fiscalía de su caso para ser eliminado de las centrales de riesgo.